El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre que conminó a su ex novia a mantener una relación sexual si no quería que saliese a la luz un vídeo.
El condenado había recurrido la condena por agresión sexual con penetración y el TS establece que "la víctima por el temor a la propagación del vídeo se vio compelida a realizar un acto no querido y, por lo tanto, inconsentido"
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