El Tribunal de la UE constata que las trabajadoras embarazadas o madres recientes que trabajen de noche, aunque sea parcialmente o a turnos, no pueden ser obligadas a hacerlo si certifican que pone en riesgo su salud.
La sentencia considera que una vigilante de seguridad de Galicia sufrió "discriminación" por razón de sexo porque su empresa, Prosegur, no evaluó correctamente los riesgos laborales de su puesto
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